En una novedosa sentencia el alto tribunal eleva la condena a un hombre que engañó y amenazó a una de 12 años para obtener vídeos sexuales suyos y dicta que hubo agresión sexual porque se dio intimidación a pesar de la distancia física.

Cuerpo de la noticia: El Tribunal Supremo ha doblado la condena a un hombre que intimidó y amenazó a una niña de 12 años a través de las redes sociales para que le enviara fotografías y vídeos suyos de contenido sexual. Los magistrados elevan la pena de cárcel de dos años y nueve meses a cinco años y cuatro meses en una novedosa sentencia que considera que el hombre fue autor de una agresión sexual, independientemente de que los hechos se desarrollaran online y sin contacto físico. El alto tribunal considera que la distancia física entre autor y víctima “no desnaturaliza los requisitos” de este tipo penal, que requiere de la existencia de violencia o intimidación. En este caso, hubo “intimidación online”, apunta el fallo, “en un escenario, el de las redes sociales, con mayor impacto nocivo y duradero”.  Ver Noticia

Autora: Marta Borraz
Fuente consultada: elDiario.es: https://www.eldiario.es/sociedad/supremo-sentencia-agresiones-sexuales-cometerse-online-contacto-fisico-agresor-victima_1_7989793.html

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