Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 30 de septiembre de 2016, relativo a la modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Consejería de Presidencia y Salud Pública. Ciudad Autónoma de Melilla (30 de septiembre de 2016) BOME Extra núm. 17, de 30 de septiembre de 2016 Medio: Acuerdo
Decreto de distribución de competencias entre las Consejería de la Ciudad, y especialmente nos interesa las atribuciones genéricas de la Consejería de Bienestar Social.
De carácter general:
Al margen de las recogidas en el Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, tendrá las siguientes:
- En general, el desarrollo de programas y la concesión y gestión de subvenciones en materia de asistencia social.
- Propuestas a la excma. Asamblea o al Consejo de Gobierno de programas a concertar con otras Administraciones Públicas o privadas que excedan de la competencia de la Consejería .
En el ámbito de los Servicios Sociales:
- Servicio de atención domiciliaria.
- Servicio de Teleasistencia.
- Programa de Alimentación infantil.
- Programa de Ayuda para recetas médicas.
- Programa de Subvención al transporte público.
- Programa de Ayudas técnicas.
- Programa de Alojamiento alternativo.
- Plan de Medidas para la Inclusión Social.
- Programas de fomento de la Cooperación Social (subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas comunitarios, al voluntariado, etc.) en materia de asuntos sociales.
- Gestión de los programas de la Granja Escuela “Gloria Fuertes”.
- Programa de atención a personas con discapacidad y a la tercera edad.
- Comedor social (Centro de Día San Francisco).
- Centros de Servicios Sociales.
- La concesión y gestión de subvenciones en materia de asistencia social, para el desarrollo de programas y la implementación de los mismos.
- Fomento del voluntariado en material social.
En el ámbito de Protección a la Infancia y a la Familia:
- En materia de familias numerosas, el reconocimiento de la condición de las mismas, la expedición de títulos y su renovación, así como la potestad sancionadora en la parte y cuantía establecida en la legislación vigente.
- Protección de Menores, como Entidad Pública competente en materia de protección y tutela de menores.
- La propuesta, ejecución y vigilancia que como Entidad Pública le correspondan en materia de ejecución de medidas impuestas por los Jueces de menores.
- Programas social/económico a familias de acogidas.
- La dirección, inspección, vigilancia, promoción, fomento y coordinación de los organismos, servicios y centros de protección y reformas de menores.
- Y aquellas otras que estén contenidas en el Real Decreto 1385/1997, de 29 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de asistencia social, y no hayan sido atribuidas expresamente a otra Consejería de esta Ciudad.
- Gestión del programa del Punto de Encuentro y Mediación Familiar.
Fuente original: Página Web de las Atribuciones Genéricas de la Consejería de Bienestar Social [+]
Para más información:
|