Boletín Oficial del Estado, núm. 22 de 26 de enero de 2010, páginas 7493 a 7497 (5 págs.) (26 de enero de 2010)
Boletín Oficial del Estado, núm. 22 de 26 de enero de 2010, páginas 7493 a 7497 (5 págs.)
Medio: Resolución
Resolución de 12 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se atribuye el número telefónico 116111 al servicio línea de ayuda a la infancia
La Comisión de las Comunidades Europeas adoptó el 15 de febrero de 2007 la Decisión relativa a la reserva en todos Estados Miembros del rango de numeración telefónica 116 para la prestación de servicios armonizados de interés social. La lista de servicios armonizados se recoge en su Anexo, el cual se viene actualizando conforme surgen nuevas aplicaciones. En cumplimiento de la Decisión, esta Secretaría de Estado dictó la Resolución de 25 de octubre de 2007 por la que se reservan en el ámbito nacional tales números para acceder a dichos servicios.
La lista inicial de la Decisión únicamente contemplaba el servicio «Línea directa para casos de niños desaparecidos», para la que se reservó el número 116000. La redacción actual incluye, entre otros, los servicios: «Línea de ayuda a la infancia», a prestar con el número 116111, y «Línea de apoyo emocional», que se proveería mediante el número 116123.
La Dirección General de Telecomunicaciones dio a conocer la disponibilidad de estos dos últimos números en su página de Internet durante el pasado mes de abril de 2008, y solicitó demostraciones de interés para la prestación de los servicios correspondientes. Como resultado de este trámite, la Fundación ANAR [+] manifestó su deseo de prestar el servicio «Línea de ayuda a la infancia» en el conjunto del Estado. Igualmente, diversas Comunidades Autónomas expresaron su interés en proveer este servicio en sus respectivos ámbitos territoriales. Por otro lado, teniendo en cuenta el tipo de ayuda a proporcionar a través del número 116111, se solicitó la cooperación de la Dirección General de Política Social, de las Familias y la Infancia, del Ministerio de Sanidad y Política Social, para evaluar la idoneidad de las organizaciones interesadas (Información extraída de la propia Resolución).
Consultada la página Web del BOE
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