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En este reglamento, en su exposición de motivos, se recoge el siguiente texto que reproducimos de forma literal:
Por Decreto de 20-12-00 de la Consejería de Salud Pública, Bienestar Social y Mercados se aprueba definitivamente el Reglamento por el que se crea el Servicio de Infancia y Familia y se regula la estructura y funciones de los servicios de atención a la infancia en la Ciudad Autónoma de Ceuta.
La adaptación de esta nueva estructura a la de la Ciudad de Ceuta resulta complicada y lenta, produciéndose dificultades en la puesta en funcionamiento por cuanto su aplicación implica la creación de numerosos puestos de trabajo con unas características no acordes con la situación que demandan las necesidades creadas en el área de menores en dificultad social, de acuerdo con la Ley Orgánica 1/96, de Protección Jurídica del Menor y la Ley Orgánica 5/2000, de Responsabilidad Penal de los Menores.
En base a la potestad autoorganizatoria de las Administraciones Públicas, reconocida en el art.43-1-h de nuestro Reglamento de la Asamblea, se considera conveniente una reforma de la estructura del servicio público de menores en aras a una mayor efectividad de su prestación.
CAPÍTULO I – DEL OBJETO Y ÁMBITO DEL REGLAMENTO
Artículo 1
Es objeto del presente Reglamento regular la estructura orgánica y funcional del área de menores de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en lo que respecta a los menores en dificultad social.
Artículo 2
El presente Reglamento será de aplicación en el ámbito territorial de la Ciudad de Ceuta.
Área de Menores
Dirección: C/ Real nº 63 (antiguo Edificio La Mutua) 51001 Ceuta
Teléfono: 956 511 842 y 956 512 413
Fax: 956 510 813
Web: www.ceuta.es
Se ha extraído el texto en el siguiente enlace de la página Web de la Ciudad Autónoma de Ceuta [+]
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