Proyecto de Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (121/000022) (BOCG-14-A-22-1)

Gobierno de España. (19/06/2020) Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG-14-A-22-1) . Congreso de los Diputados. XIV Legislatura. 19 de junio de 2020 Núm. 22-1 Medio: Proyecto de Ley

Proyecto de Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia [Presentado este texto el 10/06/2020, calificado el 16/06/2020 al Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de junio de 2020]
 
Texto de la Exposición de motivos: 
 
La lucha contra la violencia en la infancia es un imperativo de Derechos Humanos. Para promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño es esencial asegurar y promover el respeto de su dignidad humana e integridad física y psicológica, mediante la prevención de toda forma de violencia.
 
La protección de las personas menores de edad es una obligación prioritaria de los poderes públicos, reconocida en el artículo 39 de la Constitución Española y en diversos tratados internacionales, entre los que destaca la mencionada Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y ratificada por España en 1990.
 
Los principales referentes normativos de protección infantil circunscritos al ámbito de Naciones Unidas son los tres protocolos facultativos de la citada Convención y las Observaciones Generales del Comité de los Derechos del Niño, que se encargan de conectar este marco de derecho internacional con realidades educativas, sanitarias, jurídicas y sociales que atañen a niños y adolescentes. En el caso de esta ley orgánica, son especialmente relevantes la Observación General número 12, de 2009, sobre el derecho a ser escuchado, la Observación General número 13, de 2011, sobre el derecho del niño y la niña a no ser objeto de ninguna forma de violencia y la Observación General número 14, de 2014, sobre que el interés superior del niño y de la niña sea considerado primordialmente.
 
La Unión Europea, por su parte, expresa la «protección de los derechos del niño» a través del artículo 3 del Tratado de Lisboa y es un objetivo general de la política común, tanto en el espacio interno como en las relaciones exteriores.
 
El Consejo de Europa, asimismo, cuenta con estándares internacionales para garantizar la protección de los derechos de las personas menores de edad como son el Convenio para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual (Convenio de Lanzarote), el Convenio sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (Convenio de Estambul), el Convenio sobre la lucha contra la trata de seres humanos o el Convenio sobre la Ciberdelincuencia; además de incluir en la Estrategia del Consejo de Europa para los derechos del niño (2016-2021) un llamamiento a todos los Estados miembros para erradicar toda forma de castigo físico sobre la infancia.
 
Esta ley orgánica se relaciona también con los compromisos y metas de la Agenda 2030 en varios ámbitos, y de forma muy específica con la meta 16.2: «Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños.» dentro del Objetivo 16 de promover sociedades, justas, pacíficas e inclusivas. (Información extraída de la Exposición de motivos) 
 
Datos informativos:
  • Presentado este texto el 10/06/2020, calificado el 16/06/2020 al Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de junio de 2020
  • Datos : (121) Proyecto de ley.
  • Autor: Gobierno.
  • Proyecto de Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
  • Acuerdo: Encomendar Dictamen por el procedimiento de urgencia, conforme a los artículos 109 y 93 del Reglamento, a la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad. Asimismo, publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, estableciendo plazo de enmiendas, por un período de ocho días hábiles, que finaliza el día 29 de junio de 2020.
  • En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
  • Comisión competente:Comisión Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad 
 
 
 
Informe Complementario al V y VI Informe de aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) y sus Protocolos Facultativos en España. Principales Recomendaciones.
Conchi Ballesteros (coord.) / Plataforma de Organizaciones de la Infancia (POI) con la colaboración de Entidades e Instituciones. (Febrero 2017)
Plataforma de Organizaciones de la Infancia (POI)

 

Observaciones Finales del Comité de los Derechos del Niño (CDN) a España 2018 (CRC/C/ESP/CO/5-6) al V y IV Informe de aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño. (versión oficial)
Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas (1º de Febrero de 2018) (5 de Marzo 2018)
Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas

 

Observación General Nº 13 (2011) del Comité de los Derechos del Niño: Derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia (CRC/C/GC/13)
Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas. (18 de Abril de 2011)
Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas.

 

Observación General Nº 12 (2009) del Comité de los Derechos del Niño: el derecho del niño a ser escuchado.
Naciones Unidas. Comité de los Derechos del Niño. (2009)
Naciones Unidas. Comité de los Derechos del Niño.

 

Propuestas de Enmiendas al Proyecto de Ley Orgánica de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia de FAPMI-ECPAT España.
FAPMI-ECPAT España. (09/2020)
FAPMI-ECPAT España.

 

Para más información: 

  • Sección titulada Infancia y Justicia: MARCO LEGISLATIVO Internacional, Europeo y en España 
  • Convención de 20 de noviembre de 1989 sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas (Resolución 44/25). [+]
  • Convenio para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual (Convenio de Lanzarote) [+]
  • Convenio sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (Convenio de Estambul)
  • Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos
    Convenio sobre la Ciberdelincuencia.
  • Estrategia del Consejo de Europa para los derechos del niño (2016-2021).
  • Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil 
  • Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, y la Ley 26/2015, de 28 de julio, ambas de modificación del sistema de protección de la infancia y la adolescencia.
  • Recomendación del Comité de Derechos del Niño, con ocasión del examen de la situación de los derechos de la infancia en España en 2010 y en 2018. 

 

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