Protocolo de Actuación: Definición Tipos de Maltrato. Guía de detección, notificación y derivación
Instittuto Aragonés de Servicios Sociales (IASS). Departamento de Servicios Sociales y Familia. (2004?) Instittuto Aragonés de Servicios Sociales (IASS). Departamento de Servicios Sociales y Familia. Medio: Guía
Esta guía de detección, notificación y derivación elaborada por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) y ADCARA, detalla la Definición de los tipos de maltrato infantil.
Detección y valoración de menores en situación de riesgo y desamparo
La detección y valoración de menores en situación de riesgo y desamparo trata de identificar aquellas situaciones de menores que puedan calificarse como maltrato infantil.
El objetivo es detectar situaciones de maltrato infantil; valorarlas para su tratamiento adecuado y para la aplicación de las oportunas medidas de protección y notificar los casos de maltrato infantil a los organismos oportunos.
Es el primer paso para poder intervenir con el menor y la familia a fin de proporcionarles la ayuda necesaria. Se atiende no sólo a aquellas situaciones en donde existe maltrato, sino también las situaciones de riesgo en las que pueda llegar a producirse.
¿Qué hacer si se detecta maltrato?
Los Centros Municipales de Servicios Sociales son la puerta de entrada de las notificaciones de todos los casos en que se detecte que un menor está siendo maltratado o están siendo vulnerados sus derechos. Estos Servicios Sociales valoran los casos y los remiten, si así lo consideran conveniente, al Servicio Especializado de Menores del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.
¿Quién puede y debe notificar las situaciones de maltrato infantil?
La responsabilidad en la atención a los menores es de todas las personas:
Los padres o tutores, como responsables principales de cubrir las necesidades de los menores a su cargo.
Los ciudadanos en general poniendo en conocimiento de la Administración Pública aquellas situaciones de maltrato que vulneren los derechos básicos del niño.
La Administración Pública que debe garantizar los derechos fundamentales y la calidad de vida de todos los individuos.
Para ello, la Administración dispone de una serie de servicios dirigidos al conjunto de la población -los Servicios Sociales Básicos, Educación, Sanidad y Seguridad Ciudadana- y el Servicio Especializado de Protección a la Infancia, que interviene cuando los sistemas anteriores no han podido garantizar los derechos básicos del niño.
Todos estos servicios son responsables de la detección, notificación y valoración de las situaciones de maltrato infantil. Es decir, además de familiares, amigos y vecinos y la población en general, los profesionales del entorno inmediato: profesionales de la salud, maestros, educadores, trabajadores sociales, policías, etc. deben velar por los derechos y la integridad de los menores. La sensibilización y responsabilidad respecto al maltrato infantil posibilita que el menor y la familia que padecen el problema puedan recibir la ayuda necesaria. Por eso es fundamental la actuación de los profesionales e instituciones que se encuentran en un lugar privilegiado respecto al conocimiento e intervención sobre el menor: Ámbito Sanitario, Ámbito Tiempo Libre, Ámbito Educativo, Ámbito Servicios Sociales Comunitarios, Ámbito Policial..
¿Qué es notificar?
Es informar sobre una situación susceptible de ser un caso de desprotección infantil, sobre el menor supuestamente maltratado, su familia y sobre el propio informante. De nada sirve reconocer o identificar una situación de maltrato si no se pone en conocimiento de las personas que puedan hacer algo para solucionarlo.
Existen algunas creencias que se deben desechar:
– No denunciar un maltrato infantil por considerar que los niños son sólo responsabilidad de sus padres.
– No notificar un caso y limitarse a reprender a padres o familiares, esperando un compromiso de cambio sobre la situación de maltrato.
– No notificar por no tener una certeza absoluta sobre lo que está ocurriendo.
– No notificar una situación de maltrato infantil por desconfiar sobre lo que afirma la víctima.
El objetivo de la notificación es garantizar que los derechos del menor se cumplen correctamente. La Administración garantiza que cada notificación recibida es estudiada con profesionalidad y confidencialidad. El cauce normal de notificación es a través de los Centros Municipales de Servicios Sociales. Si la situación del menor es grave y requiere una actuación urgente, puede ser conveniente dirigirse directamente al Servicio Especializado de Menores.
Existe un teléfono de atención disponible las 24 horas del día, todos los días del año en el que un profesional de los Servicios Especializados atenderá estas demandas. Nº de teléfono: 901 111 110
Correo electrónico: recepcionmenores.iassza@aragob.es
Fuente extraída del siguiente enlace: http://iass.aragon.es/adjuntos/menores/DefinicionTiposMaltrato.pdf