La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (CDN) y el artículo 24 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea («la Carta») consagran como derechos la protección y el cuidado del interés superior y el bienestar de los niños. En 2021, el Comité de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño subrayó que estos derechos deben protegerse igualmente en el entorno digital. La protección de los niños, tanto fuera de línea como en línea, es una prioridad de la Unión.

(Extraído del documento).

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