Actuación de Oficio ‘Seguridad en Zonas Infantiles’ Procurador del Común de Castilla y León
La Ley 2/94 de 9 de marzo del Procurador del Común de Castilla y León, en su artículo 10.2, señala que podrá dirigirse a la Institución toda persona que manifieste un interés legítimo relativo a las cuestiones objeto del expediente de queja, sin que sea impedimento para ello la minoría de edad. Como señala la Exposición de Motivos de la Ley 14/2002, de 25 de julio, de Promoción, atención y protección a la infancia de Castilla y León, los menores constituyen un sector de la población caracterizado por su especial vulnerabilidad. Este hecho determina, por una parte, la necesidad de proporcionarle una protección jurídica y administrativa que, para ser eficaz, debe plantearse como un plus específico y particularmente intenso respecto al previsto para el común de las personas; y, por otra, la obligación de todos los poderes públicos de asegurarla en relación con
todos los aspectos y desde una concepción integral
Esta perspectiva normativa, y el hecho de que hayan tenido entrada en esta Institución varias quejas relativas al deficiente estado en que se encuentran las zonas de juego infantil en distintos núcleos de población de nuestra Comunidad, justifica suficientemente, creemos, el interés de la Procuraduría por elegir este tema como objeto de una investigación de oficio. El objetivo, entonces, es analizar las pautas de seguridad que corresponden a las zonas de juego infantil y comprobar si las mismas se cumplen en las instalaciones municipales de nuestra Comunidad Autónoma, con el fin de generar una mayor conciencia entre los poderes públicos y en especial en las personas encargadas de adquirir, instalar y mantener las áreas públicas de juego y proteger a los usuarios típicos de estos parques, los niños y niñas, logrando entre todos lugares públicos más seguros y al alcance de todos. Es cierto que por más seguro que sea un espacio público no será posible evitar golpes y caídas de los niños cuando juegan, pero en el diseño de los parques infantiles el riesgo de lesiones graves debe y puede reducirse al mínimo (Información extraída del propio informe).
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