Organización Internacional del Trabajo (OIT) y UNICEF: Nuevas directrices para que las empresas puedan ayudar a las familias que trabajan durante la pandemia del COVID-19 (proteger a los trabajadores en el lugar de trabajo).

Organización Internacional del Trabajo (OIT) y Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) (30/03/2020) https://www.ilo.org/covid19 Medio: Portal / Página Web

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) y Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia  (UNICEF) han publicado nuevas directrices destinadas a las empresas, con objeto de brindarles asistencia para que apoyen a las familias que trabajan durante la pandemia del COVID-19. Para consultar nota de prensa (30 March 2020) 
 
En el texto preliminar de dichas directrices se insta a las empresas y a los empleadores a que tengan en cuenta los efectos de las decisiones empresariales en las familias de los trabajadores y a que fomenten, en la medida de lo posible, un mayor grado de protección social. En dicho texto se señala que ese apoyo suplementario, en particular a las personas de bajos ingresos, es fundamental para reducir todo lo posible la repercusión adversa del brote de virus en los trabajadores y los empleadores, así como en sus familias y los niños.
 
Entre los retos que deben afrontar las familias cabe destacar disponer de servicios de atención infantil seguros, poder realizar su trabajo y atender a sus responsabilidades en materia de cuidados domésticos en una coyuntura de pérdida de ingresos. 
 
La OIT y UNICEF abogan asimismo por que los gobiernos apoyen a los empleadores y refuercen las medidas de protección social, en particular con respecto a las familias vulnerables. Las políticas y prácticas que contribuyan a ayudar a las familias, en particular para proteger el empleo y garantizar los ingresos, las modalidades de trabajo flexible, las bajas remuneradas para ocuparse de la familia, y el fácil acceso a servicios de atención infantil de calidad pueden marcar una diferencia fundamental y contribuir a estabilizar la situación de los mercados laborales, las familias y la sociedad. 
 
 
Principales medidas recogidas en las directrices preliminares destinadas a los empleadores

A continuación se enumeran las principales medidas recogidas en las directrices preliminares destinadas a los empleadores:
  • Supervisar y seguir los consejos de las autoridades locales y nacionales, y comunicarlos a la fuerza de trabajo;
  • Revisar las políticas laborales en vigor para asegurarse de que prestan apoyo suficiente a los trabajadores y a sus familias;
  • Adoptar buenas prácticas al aplicar políticas basadas en el diálogo social, en las legislaciones laborales nacionales y en las normas internacionales del trabajo. Garantizar que las medidas de apoyo en el lugar de trabajo estén al alcance de todos, sin discriminación alguna, y que todos los trabajadores las conozcan y comprendan, y puedan aplicarlas fácilmente;
  • Luchar contra la discriminación y la estigmatización social en el trabajo mediante actividades de formación y mecanismos de notificación confidenciales y seguros;
  • Adoptar disposiciones laborales favorables a la familia , a fin de ofrecer a los trabajadores mayor libertad y flexibilidad para realizar su trabajo. Si no fuera posible adoptar ninguna medida para fomentar el trabajo flexible, cabe estudiar otras formas de apoyo a los padres que trabajan, en particular mediante la prestación de servicios de atención infantil;
  • Apoyar a los padres que trabajan mediante servicios adecuados de atención infantil, al tiempo que se garantiza la calidad de estos servicios;
  • Reforzar las medidas de seguridad y salud en el trabajo, en particular mediante programas de orientación y capacitación sobre seguridad, salud e higiene en el trabajo;
  • Adoptar medidas que alienten a los trabajadores a solicitar atención médica adecuada, y ayudarles a enfrentar el estrés;
  • Respaldar medidas gubernamentales de protección social, de conformidad con lo dispuesto en el Convenio de la OIT sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (núm. 102)  y la Recomendación de la OIT sobre los pisos de protección social, 2012 (núm. 202) . Ello puede incluir subsidios para que los trabajadores tengan acceso a seguro sanitario, de desempleo o incapacidad laboral, así como servicios de protección de la maternidad, medidas que deberían ampliarse a los trabajadores de la economía informal.
 
Acerca de la OIT

La OIT, fundada en 1919, es el único organismo tripartito de las Naciones Unidas que reúne a representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores de 187 Estados Miembros, con objeto de establecer normas del trabajo, formular políticas y concebir programas que permitan promover el trabajo decente para todos, tanto mujeres como hombres.
Para obtener más información sobre la OIT y la pandemia de COVID-19, visite: https://www.ilo.org/covid19 
 
Fuentes consultadas:
 
Página Oficial de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el COVID -19 y el mundo del trabajo. Recursos.
Organización Internacional del Trabajo (OIT) (2020)
https://www.ilo.org/covid19
 
 
Para más información: 

 

 
 
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