Título completo: Orden 1/2016, de 19 de mayo, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas y de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se regulan las medidas de colaboración y coordinación sociosanitaria en el ámbito de la protección integral del menor y se aprueba la nueva hoja de notificación para la atención sociosanitaria infantil y la protección de menores. [2016/5142]  Con fecha de entrada en vigor: 07.07.2016

Esta disposición afecta y Deroga a: Orden de 9 de marzo de 2006, de la Conselleria de Sanidad y de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se implanta la Hoja de Notificación para la atención sociosanitaria infantil y la protección de menores en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
  
A continuación replicamos el texto que se expone en el Preámbulo de esta Orden:
 

“Una de las actuaciones prioritarias en el marco de las competencias que la Generalitat tiene en materia de atención y protección de menores, es la de impulsar acciones que contribuyan a mejorar los mecanismos de detección de casos de riesgo sociosanitario y de desprotección del menor, así como optimizar la derivación y actuación coordinada de los distintos agentes implicados en el abordaje del riesgo sociosanitario y la protección del menor.

La Ley 12/2008, de 3 de julio de 2008, de la Generalitat, de protección integral de la infancia y la adolescencia de la Comunitat Valenciana, establece en el artículo 45 que los servicios y centros sanitarios, tanto públicos como privados, tienen la obligación de comunicar y denunciar cualquier situación de riesgo y desamparo en la que se encuentre un menor y el deber de colaborar con los servicios sociales municipales y con el departamento competente en materia de protección de menores de la Generalitat en el ejercicio de la función protectora de estos. Además, dicho artículo establece que la Generalitat promoverá la colaboración entre las instituciones sanitarias y las instituciones de protección de menores a los efectos de facilitar la prevención, la detección y la derivación y, en su caso, posterior apoyo de las situaciones de riesgo y desamparo. Finalmente este precepto señala que, en estas actuaciones, se procurará que las unidades de trabajo social de los centros de salud y hospitales sean las interlocutoras con los servicios municipales y autonómicos competentes en materia de protección de menores.

Asimismo y con carácter general, el artículo 156 de la citada Ley 12/2008, de 3 de julio, dispone que toda persona o entidad, y especialmente la que por su profesión o función detecte una situación de riesgo o posible desamparo de un menor, tiene obligación de ponerla en conocimiento de los órganos competentes de la Comunitat Valenciana en materia de protección de menores o de la autoridad más próxima, sin perjuicio de prestarle el auxilio inmediato que precise”.
 

 

Para más información:

  • Hoja de notificación de posible situación desprotección o maltrato infantil desde el ÁMBITO EDUCATIVO (Comunidad Valenciana) (2014)
  • Hoja de notificación de posible situación desprotección o maltrato infantil desde ámbito educativo (2006) [+] sanitario (2006) [+] ámbito policial (2006)
  • Guía Breve de detección y actuación en situaciones de desprotección y/o maltrato infantil desde el ámbito educativo [+] ámbito sanitario [+]  ámbito policial [+]
  • Teléfono de Atención a la Infancia de la Comunitat Valenciana. Número: 116 111 
  • Fiscalía de Menores (Comunidad Valenciana)
  • Detección y Notificación de la Desprotección Infantil en la Comunidad Valenciana
  • Ley 12/2008, de 3 de julio de 2008, de la Generalitat, de protección integral de la infancia y la adolescencia de la Comunitat Valenciana
  • Orden de 9 de marzo de 2006, de la Conselleria de Sanidad y de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se implanta la Hoja de Notificación para la atención sociosanitaria infantil y la protección de menores en el ámbito de la Comunidad Valenciana

 

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