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España. Ministerio de Justicia (2015) |
https://www.mjusticia.gob.es/BUSCADIR/ServletControlador?apartado=buscadorPorProvinciasForm&tipo=ATV&lang=es_es |
Medio: Oficina |
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Oficinas de Asistencia a las Víctimas de Delitos (OAVD) en España.
Estas oficinas se dedican a la atención y asistencia a las necesidades de las víctimas (tanto a nivel jurídico, psicológico y social), entre otras, proporcionan información sobre cómo efectuar la denuncia y el procedimiento para su interposición, y son de carácter público y gratuito. Existen en todas las Comunidades Autónomas, en prácticamente todas las capitales de provincia, e incluso en otras ciudades.
Legislación
Las Oficinas de Atención a las Víctimas del Delito con el objeto de que pueda ofrecer una respuesta integral a las necesidades de las víctimas y por ellos acceder a los derechos reconocidos en la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, así como en el Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, y se regulan las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito
Funciones
La Oficina de Atención a la Víctima del Delito tiene 3 funciones principales: asesoramiento social, asesoramiento jurídico-criminológico y asesoramiento psicológico.
Asesoramiento social.
- Acogida de las víctimas.
- Elaboración del plan de actuación.
- Orientación y activación de recursos sociales.
- Información de las ayudas públicas dirigidas a víctimas de violencia de género y doméstica.
- Orientación preventiva.
- Seguimiento a nivel social.
- coordinación con otros profesionales e instituciones de carácter social.
- Acompañamiento a juicio.
Asesoramiento jurídico-criminológico.
- Asesoramiento jurídico a víctimas directas e indirectas.
- Información y tramitación de las ayudas públicas de la Ley 35/95.
- Tramitación del beneficio a la asistencia jurídica gratuita.
- Instalación y seguimiento de los mecanismos técnicos de protección.
- coordinación con las diferentes instituciones de carácter jurídico.
- Seguimiento jurídico.
- Acompañamiento a juicio.
Asesoramiento psicológico.
- Intervención psicoterapéutica a escala individual y/o familiar.
- Ofrecer soporte emocional a las víctimas en un entorno seguro y estructurado.
- Identificar, asociar y modular emociones y creencias ligadas a las experiencias traumáticas. Asociar cómo éstas afectan a su modo de estar en el mundo.
- Potenciar y promover los recursos personales, sociales y familiares de la víctima.
- coordinación y contacto con profesionales.
- Acompañamiento y preparación a juicio.
Oficinas de Asistencia a las Víctimas de Delitos (OAVD) en LA COMUNIDAD DE MADRID
Este servicio, está integrado por las Oficinas de Atención a Víctimas de Delitos Violentos de la Comunidad de Madrid, que ofrecen labor asistencial hacia las víctimas.
¿Qué son las Oficinas de Asistencia a las Víctimas? Son un Servicio Público y Gratuito prestado por la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 4/2015 de 27 de abril, del Estatuto de la Víctima del Delito, y se regulan las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito.
¿Quienes pueden recibir sus servicios? La población objeto de intervención comprende víctimas directas e indirectas de cualquier delito violento, como violencia de género, maltrato familiar (sobre menores, mayores, etc.), agresiones sexuales y/o abusos, lesiones y amenazas, acoso escolar, laboral y/o sexual, robos con violencia, intentos de homicidio, etc., y que estén inmersas o no, en un procedimiento judicial. Las OAV en su actuación colaborarán y se coordinarán con los organismos, instituciones y servicios que pueden estar implicados en la asistencia a las víctimas (artículo 34 del Real Decreto 1109/2015): judicatura, fiscalía, servicios psicosociales de la Administración de Justicia, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, servicios sociales, servicios de salud, asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro, sobre todo en los casos de víctimas vulnerables con alto riesgo de victimización.
Madrid capital |
Este Servicio Judicial adscrito al Decanato de los Juzgados de Madrid, está compuesto por dos Equipos Técnicos formados cada uno por un Psicólogo/a y una Trabajadora Social.
Dirección: c/ Albarracín nº 31
Teléfono: 900-77-80-00 y 91 720.40.23.
Dirección: c/ Julián Camarillo nº 11, planta baja.
Teléfono: 900-15-09-09
Telefonos: 91.493.14.64/65/66/67
FAX: 91.493.14.68.
Localidad: Madrid
Código Postal: 28037
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Aranjuez |
Dirección: Patio de los Caballeros, s/n
Teléfono: 918916042
Fax: 918929550
Localidad: Aranjuez
Código Postal: 28300
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Coslada |
Dirección: Colombia, 29
Teléfono: 916694181
Fax: 916697097
Localidad: Coslada
Código Postal: 28820
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Fuenlabrada |
Dirección: Rumanía, 2
Teléfono: 915580118
Fax: 915580117
Localidad: Fuenlabrada
Código Postal: 28943
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Leganes |
Dirección: Pza. Comunidad de Madrid, 5
Teléfono: 913307516
Fax: 913307516
Localidad: Leganés
Código Postal: 28912
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Móstoles |
Dirección: Luis Jiménez de Asúa, s/n
Teléfono: 916647221
Localidad: Móstoles
Código Postal: 28931
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Juzgados y tribunales de Madrid. Directorio de Órganos Judiciales (para cada provincia y municipio de la Comunidad Autónoma de Madrid). |
Ministerio de Justicia. (–) |
http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Directorio/Directorio-de-Organos-Judiciales/ |
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Recursos en el Estado de Alarma por el COVID-19 a disposición de las víctimas de violencia de género en la Comunidad de Madrid (a 19 de Marzo de 2020). |
Gobierno de España. Delegación del Gobierno contra la violencia de Género (19 de marzo de 2020) |
https://violenciagenero.igualdad.gob.es/informacionUtil/recursos/estadoAlarma/home.htm |
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Para más información:
- Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid. Información telefónica: 012. Lunes a Viernes de 08.00 a 22.00 h. Sábados, domingos y festivos de 10.00 a 22.00 h. correo electrónico: atencionalciudadano@012.madrid.org / Internet: www.madrid.org/012
- Sección titulada “DETECCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE SITUACIONES DE RIESGO Y MALTRATO INFANTIL: España-Comunidades Autónomas”
- Sección titulada “Infancia y VIOLENCIA DE GÉNERO”
- Sección titulada “PLANES integrales de apoyo a la Familia, Infancia y Adolescencia”
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