En su 60º periodo de sesiones, la Comisión de Derechos Humanos aprobó la decisión 2004/110, en virtud de la cual decidió nombrar para un mandato de tres años, un Relator Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, para centrar la atención en los aspectos de derechos humanos de las víctimas de ese comercio. En julio de 2017 el mandato del Relator Especial fue prorrogado por otros tres años, en virtud de la resolución 35/5 del Consejo de Derechos Humanos.
En el desempeño de su mandato, el Relator Especial:
a) Toma medidas sobre las violaciones cometidas contra las víctimas de la trata de personas y sobre situaciones en las que ha ocurrido un fallo en la protección de sus derechos humanos (Véase Denuncias individuales)
b) Realiza visitas a los países con el fin de estudiar la situación sobre el terreno y formular recomendaciones orientadas a prevenir y/o combatir la trata, y proteger los derechos humanos de sus víctimas en países y regiones específicos
c) Presenta informes anuales sobre las actividades del mandato
Para contactar
Si desea presentar información al Relator Especial:
Se recomienda consultar los Informes Anuales del Relator/a Especial sobre la trata de personas, especialmente las mujeres y los niños en este centro documental FAPMI
Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC): Trata de personas
Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC): Trata de personas y tráfico ilícito de migrantes. (–)
Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) [+] [centro doc]
Sitio web del Informe Mundial sobre la trata de personas de UNODC (www.unodc.org/glotip)
Publicaciones de los Informes sobre TRATA de la UNODC [+] [centro documental]
El Protocolo contra la Trata de Personas fue aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 55/25, de 15 de noviembre de 2000 (anexo II). Entró en vigor el 25 de diciembre de 2003.
Sección titulada «TRATA de Niñas, Niños y Adolescentes»
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