Modificación del Sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia. Guía para profesionales y agentes sociales

Julieta Moreno-Torres Sánchez - Save the Children (1 de septiembre de 2015) Save the Children Medio: Guía

¿Qué leyes se modifican? ¿Cómo y dónde consultar las leyes sobre protección? ¿Cuándo entran en vigor? ¿Qué ocurre con los procedimientos de protección que ya están iniciados a la fecha de entrada en vigor de las leyes? ¿En qué afectarán al trabajo de los profesionales relacionados con la protección de menores, a las familias y a los propios menores?

El proceso de reforma del sistema de protección se inició hace ya varios años y en él han intervenido, además de juristas, profesionales de todos los ámbitos relacionados con los menores, lo cual ha supuesto que aspectos educativos, psicológicos o sociales se hayan recogido de forma muy patente en la redacción de los textos legales, haciendo por tanto más cercana su aplicación a estos profesionales. Esto tiene todo su sentido en una legislación de este tipo, dirigida especialmente a trabajadores sociales, psicólogos, educadores, pedagogos…además de a los operadores jurídicos. Y resulta muy apropiado que así sea, si consideramos el concepto de sistema de protección como conjunto de medidas jurídicas, sociales, educativas, pedagógicas, etc., dirigidas a obtener el desarrollo integral del menor, con respecto a los principios integradores del derecho de menores, dentro de un Estado determinado y conforme a los parámetros culturales del mismo, así como el sistema de recursos materiales y técnicos que tiene por objeto procurar su protección.  

El resultado de este largo proceso legislativo han sido dos leyes: La Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia [+], en adelante Ley Orgánica 8/2015; y la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia La razón de que la reforma se haya realizado en dos leyes es que todo lo que afecte a derechos fundamentales y libertades públicas debe ser aprobado por Ley Orgánica y las demás cuestiones han sido reguladas por Ley Ordinaria. Así, la L.O. 8/2015 regula cuestiones como el internamiento en centros en casos de trastorno de conducta, o la entrada en domicilio para la ejecución de medidas de protección, por afectar a la libertad y derechos fundamentales de los menores y sus familias. (Extracto consultado en la presentación de la guía).
 

Otros recursos relacionados:

  • Ficha técnica de la guía publicada en Save the Children [+]
  • Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia
  • Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia
  • Principales modificaciones legislativas en el marco de la protección de la infancia y la adolescencia en España

 

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