Ley 8/2010, de 23 de diciembre, de garantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia de Cantabria (Actualizada a 1-3-2017).
Comunidad Autónoma de Cantabria. (22 de enero de 2011) BOE. núm. 19, de 22 de enero de 2011, 141, Sec. I, pág. 6872 Medio: Ley
En la propia ley, se manifiesta en el TÍTULO I, Disposiciones generales:
Artículo 1. Objeto.
La presente Ley tiene como finalidad la atención integral y protección de la infancia y adolescencia con el siguiente objeto:
a) Garantizar a todas las personas menores que se encuentren o residan en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria el ejercicio de los derechos que les reconocen la Constitución Española, la Convención de las Naciones Unidas de Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989, la Carta Europea de los Derechos del Niño y el ordenamiento jurídico en su conjunto.
b) Establecer el marco de actuación en el que deben ejercerse las actividades de fomento de los derechos y del bienestar de la infancia y la adolescencia, así como las intervenciones dirigidas a su atención y protección en los ámbitos familiar, social e institucional.
c) Definir los principios de actuación y el marco competencial e institucional en el ámbito de la protección a la infancia y la adolescencia en situaciones de desprotección infantil, así como en el de la atención socioeducativa a los adolescentes sujetos a las medidas de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores
d) Inspirar, en consonancia con los principios recogidos en la Ley de Cantabria 4/2007, de 4 de abril, de Cooperación Internacional al Desarrollo, las acciones de ayuda humanitaria y cooperación al desarrollo impulsadas por las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
d) Crear el Observatorio de la Infancia, la Adolescencia y las Familias como instrumento técnico que tendrá la misión de analizar de forma permanente la realidad de la infancia y la adolescencia en la Comunidad Autónoma de Cantabria y el impacto de las políticas desarrolladas en aplicación de esta Ley.
e) La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria tiene encomendada la protección de las personas menores en el territorio de la Comunidad Autónoma a los efectos del artículo 172 del Código Civil. (información extraída de la propia ley y copiado literal).
Se han consultado las siguientes fuentes:
- BOE [+]
- Boletín Oficial de Cantabria, BOC [+]
- ICASS: Instituto Cántabro de Servicios Sociales [+]
- Ley 7/1999, de protección a la infancia y adolescencia de Cantabria [+]
- Decreto 58/2002, de 30 de mayo, por el que se desarrollan los Procedimientos Relativos a la Protección de Menores y a la Adopción y se regula el Registro de Protección de la Infancia y Adolescencia (Actualizada a 28-1-2011)
- Decreto 54/2002, de 16 de Mayo, precios públicos centro de Menores de la D.G. de Acción Social
- Decreto 47/1998 de 15 de Mayo, acreditación y funcionamiento de entidades de adopción internacional
- Orden SAN/63/2014, de 19 de noviembre, por la que se regula el funcionamiento de la Comisión de Adopciones.
- Orden SAN/64/2014, de 19 de noviembre, por la que se regula el funcionamiento del Comité de Tutela.
- Instrucción de 17 de Octubre de 2001, funcionamiento del Centro Social Educativo Juvenil
- Resolución por la que aprueba el “Manual de actuación en situaciones de desprotección infantil en la Comunidad Autónoma de Cantabria”
- Resolución por la que se aprueba el “Proyecto Marco de Centros de Día para la Atención a la Infancia y Adolescencia en Riesgo de Desprotección y Desprotección Moderada”