Ley 2/2007, de 27 de marzo, de Derechos y Servicios Sociales de Cantabria.
Gobierno de Cantabria. (27 de marzo de 2007 ) «BOCT» núm. 66, de 03/04/2007, «BOE» núm. 94, de 19/04/2007. Medio: Ley
Datos de esta ley:
- Fecha disposición: 27/03/2007
- Fecha publicación: 19/04/2007
- Num. Oficial: 2/2007
Resumen: La presente Ley tiene por objeto la regulación general de todas las acciones que permitan hacer efectivo el derecho de la ciudadanía de Cantabria a la Protección social, así como la ordenación, organización y desarrollo, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, de un sistema público e integrado de servicios sociales.
La Ley de Cantabria 2/2007, de 27 de marzo, de Derechos y Servicios Sociales, que regula el Sistema Público de Servicios Sociales en nuestra Comunidad, recoge en el art. 15 la obligación de los Servicios Sanitarios de Atención Primaria (SSAP) de contar con un programa de atención a la infancia y familia, dirigido a atender a niños, niñas y adolescentes en riesgo de desprotección y/o desprotección moderada.
Artículo 15. Programas de los Servicios Sociales de Atención Primaria (SSAP)
Las actuaciones de los Servicios Sociales de Atención Primaria se articularán a través de los programas siguientes, que serán elaborados y aprobados por el órgano competente de la Administración titular de acuerdo con los criterios básicos establecidos en el Plan Estratégico de Servicios Sociales:
a) El programa de acogida y orientación social que, dirigido a toda la población, ofrecerá intervención social a las personas que lo precisen.
b) El programa de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, que tendrá como objetivo posibilitar su permanencia en el domicilio habitual el máximo tiempo posible.
c) El programa de incorporación social, que tendrá como finalidad posibilitar la inclusión social de personas en riesgo o en situación de exclusión social en cualesquiera de sus ámbitos.
d) El programa de atención a la infancia y familia, que tendrá como objetivo la intervención con menores de edad y sus familias cuando éstos se encuentren en situaciones de riesgo o desprotección moderada para asegurar su normal desarrollo.
e) Aquellos otros programas sociales que las Administraciones titulares. (Información recogida de la publicación Proyecto Marco Centros de Día de Infancia (Cantabria)
Consultada la Página Web del BOE [+]
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Otros recursos relacionados:
- Sección titulada “DETECCIÓN Y NOTIFICACIÓN DE SITUACIONES DE RIESGO Y MALTRATO INFANTIL: España-Comunidades Autónomas”
- Ley 5/1992, de 27 de mayo, de Acción Social de la Comunidad Autónoma de Cantabria (derogada por Ley [Cantabria] 2/2007 de 27 de marzo, de Derechos y Servicios Sociales
- Decreto 59/2000, de 26 de julio, por el que se regula el voluntariado cultural en Cantabria