Ley 11/1984, de 6 de junio, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid (Vigente hasta el 28 de julio de 2002)

Comunidad Autónoma de Madrid. (23 de junio de 1984) Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, BOCM de 23 de junio de 1984 Medio: Ley

Resumen: El artículo 148, 1, del texto constitucional faculta a las Comunidades Autónomas a asumir plenitud de competencias en materia de asistencia social. Así lo ha hecho nuestra Comunidad en el artículo 26, 18, de su Estatuto. Dichas competencias exclusivas permiten, mediante la presente Ley, establecer en la Comunidad Autónoma de Madrid los fundamentos de una política global de servicios sociales integradora y de normalización encaminada a prevenir y evitar las causas de marginación y disgregación social hoy existentes, y que afectan a sectores cada vez más amplios de nuestra sociedad.

Derogada por la Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid

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  • Marco Jurídico en materia de protección de menores en la Comunidad de Madrid (DG. Familia y el Menor, Comunidad de Madrid)
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  • Sección “Detección y Notificación” del MI en la Comunidad de Madrid en el Centro Documental Virtual FAPMI

 

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