Las oficinas de Atención a las Víctimas del delito. Tríptico informativo editado por el Sistema de Alarma por el COVID-19.

Ministerio de Justicia (2015) https://www.mjusticia.gob.es/BUSCADIR/ServletControlador?apartado=buscadorPorProvinciasForm&tipo=ATV&lang=es_es Medio: Tríptico

 
 
 
 
Oficinas de Asistencia a las Víctimas de Delitos (OAVD) en España. 

 
Estas oficinas se dedican a la atención y asistencia a las necesidades de las víctimas (tanto a nivel  jurídico, psicológico y social), entre otras, proporcionan información sobre cómo efectuar la denuncia y el procedimiento para su interposición, y son de carácter público y gratuito. Existen en todas las Comunidades Autónomas, en prácticamente todas las capitales de provincia, e incluso en otras ciudades.
 
Las Oficinas de Atención a las Víctimas del Delito son un servicio público y gratuito creado por la Ley 35/1995 de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual y posteriormente regulado por la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito y, especialmente, por el Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, y se regulan las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito.
 
Las Oficinas dependientes del Ministerio de Justicia se encuentran en aquellas comunidades autónomas y ciudades autónomas con competencias no transferidas en el ámbito de la Administración de Justicia: Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Illes Balears, Murcia, Ceuta y Melilla. Las Oficinas de Atención a las Víctimas del Delito son atendidas por personal funcionario de la Administración de Justicia (gestores/as procesales y administrativos) y por profesionales de la psicología. 
 
A continuación se adjunta un enlace donde puede encontrar las direcciones y teléfonos por Comunidad Autónoma, de estas oficinasPortal del Ministerio de Justicia 
 
 
Para más información: 

 

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