Justicia y Derechos del Niño, Número 11

Miguel Cillero (Dirección) - UNICEF (Octubre 2009) UNICEF, Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia Medio: Libro / Manual

El 20 de Noviembre de 2009 se cumplirán veinte años desde que la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó el texto de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CDN), instrumento jurídico que reconoce y consagra un amplio catálogo de derechos fundamentales de los niños y niñas. Desde ese momento, el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), por expreso mandato de la Asamblea General, centró su energía y cooperación para lograr una rápida y universal ratificación de la CDN y para que la ciudadanía, y especialmente los niños, niñas y adolescentes pudieran conocer el contenido de sus disposiciones. Asimismo, UNICEF ofreció su apoyo a los Gobiernos, a las organizaciones de la sociedad civil, a los Parlamentos y a las instituciones del sistema judicial, para que los Estados que ratificaran la Convención, dispusieran de todas las medidas para darle efectividad a los derechos de los niños. En este marco se impulsaron nuevas leyes y programas sociales; procesos de formación y capacitación de funcionarios judiciales y de la administración; fortalecimiento de los mecanismos de participación de los niños y numerosas iniciativas destinadas a difundir una cultura de respeto a los derechos de la infancia.

Veinte años después se puede afirmar que el impacto jurídico de este tratado internacional en América Latina ha sido, sin duda, relevante. En toda la Región se han impulsado reformas legislativas con el expreso propósito de adecuar las leyes internas a los principios, directrices y derechos contenidos en la CDN. También se han iniciado procesos de reformas a los sistemas judiciales para fortalecer la tutela judicial efectiva del nuevo estatuto de derechos de los niños, niñas y adolescentes. En muchos países tanto los textos constitucionales como la jurisprudencia han abierto espacios formales de reconocimiento y garantía de los derechos de los niños. También se observa que en la comunidad y en los propios niños, niñas y adolescentes, ha aumentado la conciencia sobre sus derechos, y se aprecian esfuerzos permanentes por crear mecanismos para garantizar que puedan ejercerlos en su vida cotidiana, en la familia, la escuela y la comunidad. El tiempo transcurrido permite dimensionar la magnitud y complejidad de la tarea emprendida, así como las múltiples dificultades para lograr que los niños puedan gozar de un modo igualitario de su derecho al desarrollo integral y la plena inserción en la sociedad. Las transformaciones de las relaciones sociales a las que nos obliga la Convención son de enorme profundidad cultural y estructural y ponen a prueba la capacidad de las instituciones políticas, sociales y jurídicas de los Estados para lograrlas. Queda aún mucho por hacer, pero se debe reconocer que se han logrado avances relevantes que permiten seguir progresando.
 

La serie de publicaciones Justicia y Derechos del Niño, elaborada en el marco del Curso de Protección Jurisdiccional sobre Derechos del Niño, pretende ser un aporte para avanzar en el cumplimiento de estos objetivos. Este número contiene diversos artículos que buscan generar una reflexión jurídica en el ámbito académico y profesional y contribuir al desarrollo de una teoría sobre los derechos de la infancia y la adolescencia que permita profundizar en distintos aspectos del funcionamiento del sistema de justicia. Una reflexión acerca de la relación entre protección, libertades y autonomía de la infancia es el foco central del trabajo de Lovera; en una línea similar, aunque referido a un tema específico, Villavicencio entrega un completo análisis teórico y normativo sobre la libertad religiosa. En su artículo, Herrera también indaga sobre la idea de autonomía, en relación a la capacidad civil.

La diversidad y amplitud de los temas de la CDN se puede apreciar en la visión general que Valencia entrega sobre la evolución de la legislación peruana, y en temáticas tan diferentes como el profundo análisis que Herrero Lamo de Espinosa realiza sobre la participación de los niños en conflictos armados, o en el trabajo de Contreras que, en base a antecedentes empíricos, examina la igualdad y discriminación en el ámbito escolar. En relación al sistema judicial, Beloff reflexiona sobre la importancia del litigio estratégico para el desarrollo de estándares internacionales de protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. En la sección Jurisprudencia, Palummo y Terragni, analizan respectivamente cuestiones centrales sobre la justiciabilidad del derecho a la salud y la distribución de competencias judiciales en el sistema argentino. Asimismo, en este número de Justicia y Derechos del Niño —en continuidad con los recursos y sentencias precedentes publicados el año pasado en esta misma serie— se ha incluido copia íntegra de la Sentencia de la Corte Suprema Argentina sobre los menores de dieciséis años de edad privados de libertad en el Instituto General San Martín de la ciudad de Buenos Aires. Este pronunciamiento del máximo Tribunal renueva el debate sobre dos cuestiones centrales: la necesidad de la reforma legal a nivel nacional para su adecuación a la Convención, y los límites y funciones del sistema judicial en su carácter de máximo poder público encargado de proteger los derechos humanos de los niños.

Como es usual, en este número se dedica un amplio espacio a analizar aspectos teóricos y de funcionamiento del sistema de Justicia penal de adolescentes. El artículo de Couso propone una estrategia político-criminal, que integra criterios criminológicos y dogmáticos; Falca y Piñeyro reflexionan, de un modo crítico, sobre la función de la categoría peligrosidad, con expresa referencia al Derecho uruguayo; Costa Saraiva analiza las medidas socioeducativas que se pueden imponer a los adolescentes; y Fuenzalida escribe sobre la regulación de las anotaciones prontuariales en Chile. Finalmente, se publican un conjunto de artículos e informes (Pinto y Piantino, Muñoz y de un grupo de ONG’s del MERCOSUR) relativos al monitoreo y estado de situación de los centros de
privación de libertad de adolescentes.

UNICEF espera que los trabajos e informes presentados en este número contribuyan al debate académico y a la formación de Jueces, Fiscales y Defensores que participan del XII Curso Internacional de Especialización en Protección Jurisdiccional de Derechos del Niño y a la comunidad jurídica en general. Asimismo, agradece a los distintos autores su desinteresada colaboración, sin la cual esta publicación no sería posible. Oficinas de UNICEF de Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Paraguay, Perú y Uruguay (texto extraído de la presentación del Libro).

Consultado en Web: http://www.unicef.org/argentina/spanish/Justicia_y_Derechos_11_web.pdf

 

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