Informe sobre la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus protocolos [Resolución 55/25]
Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) (2004) Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) Medio: Informe
Cita completa: Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC). Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus protocolos. Naciones Unidas, Nueva York, 2004.
UNODC es una oficina especializada del sistema de las Naciones Unidas con mandato de custodiar la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos. Ayuda a los Estados Miembros en sus esfuerzos por implementar el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas (Protocolo contra la trata de personas).
El día Mundial contra la Trata fue proclamado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en la resolución A/RES/68/192
El tráfico de personas es un grave delito y una grave violación de los derechos humanos. Cada año, miles de hombres, mujeres y niños caen en las manos de traficantes, en sus propios países y en el extranjero. Prácticamente todos los países del mundo están afectados por el tráfico, ya sea como país de origen, tránsito o destino de las víctimas. La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) [+], como garante de la Convención contra el Crimen Organizado Transnacional y los Protocolos al respecto, asiste a los Estados en la aplicación del Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata [disponible a texto completo en la Web [+].
En su artículo 3, este Protocolo [+] define la trata como la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.
Contiene:
- Resolución 55/25 de la Asamblea General, de 15 de noviembre de 2000
- Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacionaly sus protocolos [Resolución 55/25, Anexo I]
- Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente de mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Protocolo de Palermo) [Resolución 55/25, Anexo II]
- Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional [Resolución 55/25, Anexo III]
- Resolución 55/255 de la Asamblea General, de 31 de mayo de 2001
- Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional [Resolución 55/255 de la Asamblea General, de 31 de mayo de 2001]
Full text of the Convention and its Protocols:
- United Nations Convention against Transnational Organized Crime
- Protocol to Prevent, Suppress and Punish Trafficking in Persons, Especially Women and Children, supplementing the United Nations Convention against Transnational Organized Crime
- Protocol against the Smuggling of Migrants by Land, Sea and Air, supplementing the United Nations Convention against Transnational Organized Crime
- Protocol against the Illicit Manufacturing and Trafficking in Firearms, Their Parts and Components and Ammunition, supplementing the United Nations Convention against Transnational Organized Crime
General Assembly resolutions
- In its resolution 55/25 of 15 November 2000, the General Assembly adopted the United Nations Convention against Transnational Organized Crime and two of its supplementary Protocols namely: the Protocol to Prevent, Suppress and Punish Trafficking in Persons, Especially Women and Children and the Protocl against the Smuggling of Migrants by Land, Air and Sea
- In its resolution 55/255 of 31 May 2001, the General Assembly adopted the Protocol against the Illicit Manufacturing of and Trafficking in Firearms, Their Parts and Components and Ammunition, supplementing the United Nations Convention against Transnational Organized Crime
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