Informe de la Evaluación de la Ley 3/1999, de 31 de marzo, del Menor en Castilla-La Mancha

Defensor del Pueblo de Castilla -La Mancha (Mayo de 2011) Defensor del Pueblo de Castilla -La Mancha Medio: Informe

El Informe de la Evaluación de la Ley 3/1999,de31 de marzo, del Menor en Castilla-La Mancha es un Informe especial a las Cortes Regionales 2011 por parte del Defensor del Pueblo de Castilla -La Mancha.

Desde su creación, la Oficina del Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha (enlace) se ha ocupado de tramitar quejas relacionadas con los programas de protección de menores, siempre dentro del ejercicio de sus competencias respecto a la aplicación práctica de los derechos de los niños y de las niñas en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. La experiencia acumulada en la realización de esta tarea ha impulsado la necesidad de emprender un estudio amplio al respecto, precisamente ahora que se han cumplido diez años desde la aprobación de la Ley 3/1999, de 31 de marzo, del Menor de Castilla-La Mancha (enlace).
 

Para colaborar en la elaboración de dicho estudio, el Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha ha decidido contar con la Facultad de Trabajo Social de Cuenca (UCLM), en la medida que es un centro universitario público de nuestra región con casi veinte años de trabajo docente e investigador en todo tipo de cuestiones sociales que afectan a las personas y grupos de población más vulnerables.
 

Los objetivos que la Institución del Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha ha pretendido abordar con el estudio en profundidad del vigente sistema de protección autonómico son los siguientes:

  • Evaluar la suficiencia de los recursos humanos, especialmente en los Equipos Interdisciplinares de Menores, en relación a sus cargas de trabajo actuales y la coordinación que deben mantener con los servicios sociales.
  • Conocer, describir y auditar el estado de los recursos que se ponen a disposición de los y las menores, especialmente en el caso de los recursos residenciales.
  • Conocer la relación entre los programas de acogimiento familiar y residencial, dirigidos por el interés superior del menor y el principio de institucionalización mínima, al objetivo de mejorar en lo posible el primero de los citados instrumentos de protección.

(información extraída del propio informe)
 

Disponible en la Web de la ONG Plataforma de Infancia (enlace) (http://plataformadeinfancia.org/system/files/informe_especial_Ley_Menor_3-1999_def_cast.-la_mancha.pdf)
 

Consultar otros materiales relacionados:

  • Ley 3/1999, de 31 de marzo, del Menor de Castilla-La Mancha
     
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