II Informe 2014 sobre Cibercriminalidad en España.

Gobierno de España. Ministerio del Interior. (2015) Gobierno de España. Ministerio del Interior. Medio: Informe

EL ESTADO DE LA CIBERCRIMINALIDAD EN ESPAÑA, DATOS Y ANÁLISIS. II Informe 2014 – Cibercriminalidad 
 
La globalización digital ha llevado a que las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) constituyan una herramienta básica empleada diariamente por una gran mayoría de los ciudadanos. Sin duda, su uso masivo en todos los ámbitos de nuestra vida, personal, social, económico, laboral, etc., se ha convertido en una realidad incuestionable. 
 
Ante esta realidad, las ciberamenazas, en un conjunto de variantes diversas, persiguen una finalidad fundamental: atentar, desde el ciberespacio, a la seguridad de las personas y de las infraestructuras. 
 
Por dicho motivo, el pasado año 2013 se publicó, por parte del Ministerio del Interior, el primer Informe sobre Cibercriminalidad, en nuestro país. Siguiendo con la iniciativa tomada hace un año, y con el intento de conocer el panorama delictivo de este fenómeno, la Ciberdelincuencia, se ha elaborado un segundo estudio que aglutina un mayor aporte de datos en 2014. Y muestra de ello, es que en este informe se recopila información estadística sobre la delincuencia conocida y facilitada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (Cuerpo Nacional de Policía, Guardia Civil, Policía Foral de Navarra y distintos Cuerpos de Policía Local), que figura en el Sistema Estadístico de Criminalidad (SEC), así como aquélla que registra el Centro Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas (CNPIC). Todo ello, con la finalidad de ofrecer una visión más real de la Cibercriminalidad.
 
El objeto del estudio de Cibercriminalidad relativo al año 2014, persigue, en primer lugar, presentar una definición sobre lo que se entiende por cibercriminalidad y ciberseguridad, así como otros conceptos claves en la materia.  (Información extraída del propio informe pág. 5). 
 
Nota aclaratoria: Desde un punto de vista jurídico en el término cibercriminalidad se incluyen todas aquellas conductas ilícitas definidas por el Convenio sobre cibercriminalidad o Convenio de Budapest, del Consejo de Europa, de 23 de noviembre de 2001, y que han sido transpuestas a nuestra legislación: Instrumento de Ratificación del Convenio sobre la Ciberdelincuencia, hecho en Budapest el 23 de noviembre de 2001 (BOE núm. 226, de 17 de septiembre de 2010) (información extraída de la página 5 del II Informe 2014 sobre Cibercriminalidad en España). [centro doc]
Fuente consultada: Ministerio del Interior. Balances e Informes [+] Descarga del informe en pdf [+]
 
Para más información:
  • Balances e Informes por años del Ministerio del Interior [2019] [2018] [2017]
  • Recomendamos consultar la sección documental en este centro documental virtual sobre INFANCIA Y TECNOLOGÍAS de Relación, Información y Comunicación (TRIC) [+]  
  • Promoción del uso seguro de las Tecnologías de Relación, Información y Comunicación (TRIC): Programa MAKE-IT-SAFE [ECPAT España]  [Centro Doc]  
  • Artículo publicado por el Colegio Profesional de Criminólogos de Madrid sobre el Informe de Cibercriminalidad de 2018 [+]

 

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