Guía de orientación para la detección y notificación del maltrato infantil en las Islas Baleares. Actuaciones ante el maltrato desde el ámbito Servicios Sociales
Gobierno de las Islas Baleares. Consejería de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración. Dirección General de Menores y Familia (2010) Gobierno de las Islas Baleares. Consejería de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración. Dirección General de Menores y Familia Medio: Guía ISNB/ISSN: PM-2039-2010
El maltrato infantil es un hecho que convive con nosotros y generador de víctimas inocentes, muchas veces silenciosas y sin capacidad de respuesta. Este problema complejo, del cual se detecta sólo una pequeña parte, ha empezado a ser una prioridad dentro de nuestra comunidad. El primer paso hacia un enfoque global ha sido el acuerdo en la elaboración del Protocolo marco interdisciplinario de actuaciones en los casos de maltrato infantil en las Islas Baleares. Un elemento clave dentro de la aplicación del Protocolo es la implicación de los ámbitos de actuación y, por
eso, es importante que tanto los profesionales como los ciudadanos en general mantengan una postura activa ante esta situación, y de esta forma permitir que salgan a la luz.
Alcanzar y garantizar el bienestar de nuestra infancia es una obligación asumida por todas las personas que componemos los diferentes estamentos de nuestra sociedad. Cada grupo social tiene unas funciones determinadas con respecto a la protección y defensa de los derechos del niño: por una parte, está el ámbito de las unidades de convivencia donde los padres o tutores tienen que velar por el bienestar de los hijos, sin embargo, por otra, también los ciudadanos (vecinos, amigos, asociaciones …) tienen que colaborar en la aplicación de estos derechos y, si detectan situaciones en las cuales los niños no reciben el trato y las atenciones necesarios, tienen la obligación de notificarlas.
También hay otros agentes que intervienen en la educación y el cuidado de los niños; son servicios garantizados de manera universal a nuestros pequeños y representan lo que se define como sociedad del bienestar -la escuela, la seguridad ciudadana, la salud, los servicios y la atención sociales, la protección de los menores, las garantías judiciales. Todos estos ámbitos, por los cuales un menor pasa, obligatoriamente tienen el deber de garantizar los derechos de los niños y de su entorno familiar, desde sus competencias específicas. Y también son hitos en los cuales diferentes profesionales se encuentran en una situación destacada para observar y notificar posibles situaciones de riesgo o desamparo.
De acuerdo con la normativa vigente, las administraciones públicas están obligadas a garantizar los derechos de los niños; en consecuencia, tienen que establecer y ofrecer los recursos necesarios para que la comunidad pueda ayudar a los niños que lo necesiten y, especialmente, a las familias que se encuentran en riesgo, con el fin de evitar situaciones de desamparo. En las Islas Baleares, los consells insulares son las administraciones competentes para determinar cuáles son los menores en situación de desamparo de los que hay que asumir la guarda o la tutela. Pero la protección general de la infancia, así como detectar cuáles son los menores que sufren cualquier tipo de maltrato, es competencia de toda la Administración.
Por eso, ante esta necesidad de detectar y notificar los casos de maltrato infantil, representantes de todos los ámbitos implicados se han puesto de acuerdo para establecer un sistema de notificación unificado para los casos de maltrato infantil. De acuerdo con este objetivo los diferentes ámbitos -sociales, educativos, de salud, policiales, judiciales…- han elaborado el Protocolo marco interdisciplinario de actuaciones en los casos de maltrato infantil en las Islas Baleares, y para facilitar la aplicación se ha redactado esta guía para orientar en la detección y notificación del maltrato infantil en las Islas Baleares.
La GUÍA se inicia con una relación de normas que conforman el marco legal nacional e internacional y continúa con una descripción de los mitos y las creencias más comunes entorno al maltrato. En el punto cuatro se define lo que se entiende por maltrato infantil, se hace una clasificación de los tipos de malos tratos que hay y los indicadores necesarios para detectarlos, y se concluye con los factores que pueden compensar y proteger las propias familias para reducir la probabilidad de que se produzca el maltrato.
El punto 5 de la GUÍA se centra en el ámbito de los servicios sociales, sitúa el modelo de intervención y ubica el papel de los profesionales. El punto 6 da mucha importancia a la entrevista y la mejor manera de hacerla, y distingue entre qué se tiene que hacer y qué no se tiene que hacer en las entrevistas con los padres y con el niño.
La GUÍA acaba con toda una parte dedicada a la notificación de los casos: qué es, las dificultades que tiene, quién tiene que notificar los casos y dónde se tienen que notificar. Se adjuntan los modelos de hojas de notificación y direcciones de interés.
En definitiva, el objetivo de esta GUÍA es dar el primer paso en la aplicación del Protocolo marco:
• Implicar y sensibilizar a los profesionales de los diferentes ámbitos hacia actuaciones integradas, a fin de que éstos utilicen de manera correcta los indicadores de maltrato.
• Prevenir y actuar de manera coherente ante los casos de maltrato infantil.
• Posibilitar estimaciones de incidencias que nos permitan desarrollar políticas sociales y programas de intervención.
Documentación extraída de la Web del Gobierno de las Islas Baleares:
Consultar “Notificación de un caso de maltrato infantil en las Islas Baleares desde el ámbito de los servicios sociales (para profesionales)” |