Dirección General de la Familia. Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales (2012)
Dirección General de la Familia. Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales
Medio: Plan
El Plan de Ejecución de Medidas Judiciales de Menores consiste en el desarrollo de programas destinados a ofrecer al menor que comete infracciones una mayor responsabilización sobre los cambios producidos en sus propias circunstancias, considerando las posibilidades y características de cada uno de ellos. Se establece una clara individualización entre la intervención educativa y la función sancionadora, buscando mediante la ejecución de las medidas judiciales un equilibrio entre los hechos cometidos, las circunstancias y personalidad del implicado y las consecuencias dictaminadas.

El Plan de Ejecución de Medidas Judiciales de Menores se encarga de la ejecución de medidas judiciales y extrajudiciales impuestas desde los Juzgados de Menores a menores que han cometido algún hecho tipificado como infracción o delito, de acuerdo a la L.O. 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

Para el desarrollo de las competencias en materia de menores que cometen actos delictivos, la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha cuenta con una amplia red de recursos, tanto propios como convenidos con distintas Entidades, para así dar cobertura a los distintos programas de intervención. Para ello, el Equipo de profesionales especializados, formados en cada provincia por un Coordinador de Equipo de Ejecución de Medidas y Técnicos de Atención al Menor, se encarga de la ejecución y seguimiento de las medidas judiciales en el medio comunitario, siendo el resto de Equipos convenidos y propios los encargados de llevar a cabo las medidas judiciales de internamiento en sus distintos regímenes (cerrado, semiabierto, abierto, terapéutico y fin de semana).

Los objetivos principales de intervención del Plan, como apoyo a menores que comenten actos delictivos, son:

  • Desarrollar los programas de Mediación-Conciliación como vía desjudicializadora en los procesos con menores sujetos a este tipo de medidas.
  • Desarrollar un modelo de intervención integral en el medio comunitario como vía preferente, mediante la coordinación con otros servicios y entidades.
  • Ofrecer al sistema judicial medios humanos, técnicos y materiales que respondan a las demandas de ejecución de medidas dictadas por los Juzgados de Menores, al igual que proporcionar un conjunto de Programas y Centros para el cumplimiento de medidas privativas de libertad, que garanticen el cumplimiento óptimo de las medidas de internamiento en sus distintos tipos de regímenes, velando por el funcionamiento de los mismos.
  • Mantener y favorecer la coordinación y colaboración con otras entidades tanto propias como convenidas, comunitarias y/o especializadas.

Los objetivos principales programados respecto al Menor que comete infracciones son:

  • Dar una respuesta adaptada a la situación del menor según los hechos cometidos.
  • Responsabilizar al menor de sus propios actos y de las consecuencias de los mismos.
  • Facilitar el proceso de socialización del menor en el marco comunitario aumentando los factores de protección y minimizando los factores de riesgo que puedan cronificar el comportamiento delictivo del menor.
  • Facilitar la comprensión e implicación de la familia en el proceso de intervención y en el proceso evolutivo del menor, posibilitando su participación en la resolución de conflictos.
  • Facilitar la implicación de agentes sociales en la ejecución de medidas judiciales.

Para el desarrollo del Plan de Menores sujetos a medidas judiciales, la Dirección General de Familia a través de los Equipos de Menores en Conflicto Social, y en coordinación directa con los Juzgados de Menores y Fiscalía de cada una de las provincias, elabora diferentes programas que tratan de establecer los objetivos y las actuaciones necesarias para ejecutar las medidas judiciales impuestas, en base a los principios marcados por la Ley 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores y la Ley 3/1999, de 31 de marzo, del Menor de Castilla la Mancha.

Disponible en la Web del Gobierno Regional de Castilla La Mancha

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