El objeto de este artículo s la justificación de la introducción del término «diversidad funcional» en sustitución de otros con semántica peyorativa como «discapacidad», «minusvalía», etc. Se utiliza desde el principio porque los autores están convencidos de su validez.
Las mujeres y hombres con diversidad funcional constituyen un colectivo que ha sido tradicionalmente discriminado de una manera diferente al resto de colectivos que también han sufrido o sufren discriminación (mujeres, personas de raza negra, indígenas, inmigrantes, etc.).
Esta discriminación se ha dado incluso dentro de esos otros colectivos discriminados, que también han olvidado incluir en su lucha a sus propios miembros con diversidad funcional.
Los términos limitantes o despectivos utilizados para denominar al colectivo de mujeres y hombres con diversidad funcional juegan un papel fundamental en el refuerzo de la minusvaloración y, por lo tanto, en el mantenimiento de dicha discriminación.
Este artículo pretende proponer un nuevo término para denominar al grupo de mujeres y hombres, «mujeres y hombres con diversidad funcional», que representa el 10%de la humanidad más olvidado y discriminado a lo largo de la historia en la casi totalidad de las sociedades humanas. (texto tomado de la introducción del propio artículo).
Libro «El modelo de la diversidad. La Bioética y los Derechos Humanos como herramientas para alcanzar la plena dignidad en la diversidad funcional», de Palacios Rizzo A., Romañach Cabrero, J. (2007). Disponible en [+] y[centro documental]
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