Detección y notificación de situaciones de desprotección infantil desde el Sistema Sanitario (Manual Cantabria 07)
Gobierno de Cantabria. Dirección General de Políticas Sociales (Agosto 2010) Gobierno de Cantabria. Dirección General de Políticas Sociales Medio: Libro / Manual
Detección y notificación de situaciones de desprotección infantil desde el Sistema Sanitario. MANUAL CANTABRIA 07
Este documento reproduce parcialmente los contenidos de la Guía “La protección infantil: El papel de la escuela” elaborada por Ignacia Arruabarrena e Irene Intebi (Asociación Dartington-i para el Estudio y la Formación en Protección Infantil) para el Gobierno de Navarra, así como de otros documentos similares de Asturias, Aragón, Extremadura y Comunidad Valenciana. Responsabilizándose de su elaboración un grupo de trabajo formado por profesionales del Servicio Cántabro de Salud, del Instituto Cántabro de Servicios Sociales y de las Direcciones Generales de Salud Pública y Políticas Sociales del Gobierno de Cantabria.
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En este MANUAL: INDICE
Cap.1. La protección a la infancia: una responsabilidad compartida
Cap.2. ¿Qué es la desprotección infantil?
Cap.3. Identificación de las situaciones de desprotección infantil
Cap.4. ¿Qué hacer ante una situación de desprotección infantil?
Cap.5. ¿Qué hacen los servicios sociales cuando se confirma una situación de desprotección?
Cap.6. Direcciones y teléfonos
EN ESTE MANUAL: PRESENTACIÓN
El marco normativo competencial y jurídico general para la protección a la infancia en España está sustentado, básica y fundamentalmente, en la Constitución y en las normas contenidas en el Código Civil, junto con las leyes específicas de cada comunidad autónoma. En Cantabria, la legislación vigente garantiza el ejercicio de los derechos y responsabilidades de todos los niños, niñas y adolescentes que residen en el territorio de la comunidad autónoma, partiendo del interés superior del menor como principio inspirador de todas las decisiones y actuaciones de las familias o de las entidades responsables de la atención y protección de la infancia y la adolescencia. Y teniendo en cuenta que para la determinación de dicho interés se atenderá no solo a sus necesidades y derechos sino también a los deseos y opiniones expresados por ellos y ellas.
Las leyes de Cantabria reconocen, entre otros, los siguientes derechos:
- A un nombre y a una nacionalidad, a la vida y a la integridad física y psíquica.
- Al honor, a la intimidad y a la propia imagen.
- A la información y a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.
- A la participación y a la libertad de expresión.
- A ser oído.
- A la protección de la salud, a la educación, a la cultura y al ocio.
- A disfrutar de un medio ambiente saludable.
- A un nivel básico de bienestar.
- A la integración social y al acceso al Sistema Público de Servicios Sociales.
Fuente: Información extraída del Instituto Cántabro de Servicios Sociales (ICASS)
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Para más información:
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