Son numerosas las referencias que aparecen en el informe tras la reforma producida por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia [+], tales como: la nueva redacción del artículo 172 del Código Civil sobre las nuevas causas del cese de tutela y otras cuestiones, discriminación por razón de sexo y orientación sexual en autos de jueces encargados de registros civiles han autorizado las solicitudes de cambios de nombre «no neutros» atendiendo precisamente a la preservación de la orientación sexual garantizada en la nueva ley de protección a la infancia, y referencias a la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, que buscan visibilizar como víctimas a los menores que se encuentran en un entorno de violencia de género o violencia doméstica, y también sobre Adopción y familias numerosas.
INFORME ANUAL 2016
La institución del Defensor del Pueblo presenta su informe anual correspondiente a 2016 ante las Cortes Generales, de acuerdo con lo establecido en su Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril. El objetivo central de todas las actuaciones de la institución ha sido llegar al mayor número posible de ciudadanos para prestarles la ayuda y asistencia necesaria, y al mismo tiempo conseguir que toda aquella persona que lo desee pueda comunicarse fácilmente con la institución para transmitirle sus quejas, sus problemas, sus inquietudes y las circunstancias de su vida; después, desde la institución se formulan las actuaciones más convenientes ante las administraciones competentes.
El Defensor reitera que quiere ser un instrumento público que actúa con solvencia, seriedad, rigor y eficacia para defender los derechos y libertades de los ciudadanos, de acuerdo con el mandato constitucional que tiene, y desea obtener la confianza de los ciudadanos.
DATOS PRINCIPALES
El Informe Anual recoge la actividad de la Institución en un año en el que se ha incrementado el número de resoluciones para que las administraciones modifiquen sus actuaciones o normas (1.771 frente a las 1.503 de 2015) y el número de actuaciones por propia iniciativa ante problemas detectados por la institución (872 frente a las 522 de 2015).
Además, se han reducido los tiempos medios de respuesta del Defensor y se ha reformado la página web www.defensordelpueblo.es, que en 2016 recibió 456.215 visitas. Actualmente se emplea una media de 27,99 días en responder a los ciudadanos, frente a los 62 días que se tardaba en 2013.
En 2016, el Defensor del Pueblo ha atendido a 554.788 personas a través de sus diferentes canales de atención al ciudadano (web, redes sociales, atención telefónica, atención presencial, chat…)
Puedes remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid). Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf [+] y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.esSi tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025.
Fuente consulta: Página Web Defensor del Pueblo [+]Descargado en [+]
Para más información:
Nota de prensa: Entregado por la defensora del pueblo, a la presidenta del Congreso de los Diputados y al presidente del Senado el 28 de febrero de 2017 [+]
Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia [+]
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