Decreto 230/2011, de 8 de noviembre, se aprueba el Instrumento BALORA para la valoración de la gravedad de las situaciones de riesgo en los servicios sociales municipales y territoriales de atención y protección a la infancia y adolescencia CAPV
Comunidad Autónoma del País Vasco. (12 de diciembre de 2011) Boletín Oficial del País Vasco BOPV nº233, 12 de diciembre de 2011. Medio: Decreto
Título completo: Decreto 230/2011, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Instrumento para la valoración de la gravedad de las situaciones de riesgo en los servicios sociales municipales y territoriales de atención y protección a la infancia y adolescencia en la Comunidad Autónoma del País Vasco (BALORA).
Las administraciones públicas tienen la obligación de intervenir en toda situación de riesgo y desamparo que afecte a un niño, niña o adolescente, conforme a la legislación vigente constituida fundamentalmente por la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de Enero, de Protección Jurídica del Menor y la Ley 3/2005, de 18 de febrero, de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia (LIA) de CAPV
Las situaciones de riesgo son aquellas que perjudican el desarrollo personal o social del niño, niña o adolescente, que no quepa calificar de desamparo y que, por lo tanto, no requieran la asunción de la tutela por ministerio de la ley (artículo 17 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor
Son situaciones de desamparo las que se producen de hecho a causa del incumplimiento, o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando estos queden privados de la necesaria asistencia moral o material (artículo 56 de la Ley 3/2005, de 18 de febrero, de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia (LIA).
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