Código Deontológico Infantil (AEFJ-Autocontrol)

Asociación Española de Fabricantes de Juguetes (AEFJ) y Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) (2003) Asociación Española de Fabricantes de Juguetes (AEFJ) y Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) Medio: Congreso

Asociación Española de Fabricantes de Juguetes (AEFJ) u Unión de Consumidores de España (UCE).
Código Deontológico para publicidad infantil de 14 de diciembre de 1993.

Asociación Española de Fabricantes de Juguetes (AEFJ) y Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol). Convenio para la aplicación del Código de 9 de junio de 2003.

Seis son los principios básicos que constituyen la base de estas Directrices para la Publicidad dirigida a los niños/as. Estos principios, y no las Directrices mismas determinan el alcance de este documento. La interpretación e implantación de los Principios y Directrices estarán, en todo caso, siempre en acuerdo con la Comunidad Europea y la legislación nacional. En efecto, las Directrices anticipan y se aplican en muchas de las áreas que exigen un estudio sobre publicidad infantil, pero son más ilustrativas que restrictivas. Cuando no exista una directriz específica con relación al tema que trate, habrá que aplicar estos Principios en un sentido amplio para evaluar la publicidad dirigida a esa audiencia tan influenciable y vulnerable como es la infancia.

Disponible en El Blog del Chupete (enlace)

Consultar otros códigos reguladores de comunicación infantil:

  1. Código de Autorregulacón de la Publicidad de Alimentos dirigida a menores, prevención de la Obesidad y Salud (Código PAOS) (enlace)
  2. Código de Autorregulación sobre contenidos televisivos e infancia (enlace)
  3. Directrices Buenas prácticas publicidad de productos de software interactivo (Código PEGI) (enlace

 

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