La protección contra cualquier forma de violencia es un derecho fundamental de los niños, niñas y adolescentes, que está reconocido en la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y ratificada por España en 1990.
La ratificación de la citada Convención obliga a España a garantizar el derecho fundamental a la protección del menor estableciendo todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas necesarias para proteger al niño contra toda forma de violencia, perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual.
En el Derecho español se han producido avances importantes en la consideración del niño, niña y adolescente como sujetos de derechos, así como en su protección frente la violencia, como ilustran la reforma operada por la ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, así como la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, y la Ley 26/2015, de 28 de julio, ambas de modificación del sistema de protección de la infancia y la adolescencia .
Sin embargo, a pesar de dichos avances, el Comité de Derechos del Niño, con ocasión del examen de la situación de los derechos de la infancia en España en 2010, recomendó a nuestro país que se aprobase una ley integral sobre la violencia contra los niños, parecida a la aprobada contra la violencia de género, que garantizase la reparación de sus derechos y unas normas de atención mínimas en las diferentes comunidades autónomas. El Comité volvió a recomendar que se agilizase la adopción de la ley integral sobre la violencia contra los niños tras su examen de la situación de los derechos de la infancia en España en el año 2018.
La aprobación de una ley integral sobre la violencia contra los niños, niñas y adolescentes no sólo responde a la necesidad de introducir en nuestro ordenamiento jurídico los compromisos internacionales asumidos por España en la protección integral de la infancia y adolescencia, sino también a la magnitud que el problema de la violencia contra la infancia ha adquirido en España.
Según datos del Ministerio del Interior, aproximadamente la mitad de los abusos sexuales que se producen en España cada año tienen a niños y niñas como víctimas.
En definitiva, esta ley responde a la imperiosa necesidad de introducir en nuestro ordenamiento jurídico los compromisos asumidos por España en la protección integral de la infancia y adolescencia frente a la violencia en sus distintas vertientes y supone una apuesta decidida por un modelo social que sitúa a los niños, niñas y adolescentes como titulares de derechos subjetivos y en el centro de las políticas de los poderes públicos.
- En diciembre 2015, los partidos políticos incluyen la creación de la Ley Orgánica para la Erradicación de la Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, que contenga medidas integrales de protección hacia los niños y las niñas frente a cualquier tipo de violencia.
- En Enero 2018: comienzan los trabajos técnicos de elaboración de la Ley con la Dirección General de Infancia del Ministerio de Sanidad.
- Octubre 2018: El Ministro del Interior se compromete públicamente a que el Anteproyecto de Ley se aprobará en el último Consejo de Ministros del año.
- Diciembre 2018: El consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de ley, pero no lo califica de urgencia.
- Enero 2019: Comienza el trámite de Audiencia Pública y los Ministerios afectados por la ley así como el Consejo General del Poder Judicial comienzan a elaborar sus informes, necesarios antes de la aprobación del Anteproyecto por parte del Gobierno.
- Febrero 2019: El adelanto de convocatoria de elecciones paraliza el proceso. La ley está ahora inacabada en el Gobierno, y es imposible que entre a Cortes antes de que las mismas se disuelvan.