En septiembre del 2017 el Procurador del Común censuró que la Junta de Castilla y León no vigilara el acoso escolar en los centros educativos, tras un caso sufrido por un alumno leonés durante cuatro años. Excluye los centros privados no financiados con fondos públicos.
 
Paso adelante contra el acoso escolar en Castilla y León con la publicación este jueves 14 de diciembre de 2017, en el Boletín Oficial de Castilla y León [BOCYL], del “Protocolo específico de actuación en supuestos de posible acoso en centros docentes, sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas no universitarias de la Comunidad de Castilla y León”. La consejería de Educación, que dirige el pucelano-leonés Fernando Rey, reacciona así al varapalo recibido del Procurador del Común, el “defensor del pueblo” autonómico, por no haber actuado ante un grave acoso sufrido en un colegio concertado de León sufrido por un alumno durante cinco años al que llegaron a atar a una portería y agredirle con balonazo [noticia ileon.com], entre otros hechos.
 
Este nuevo protocolo unifica las actuaciones de la Junta, que hasta ahora descargaban en los colegios tener un protocolo de convivencia escolar, y reconoce que se aprueba por “sucesos puntuales pero de fuerte difusión mediática”, lo que justifica “la implementación de nuevas medidas de intervención, que incrementen la rapidez y precisión de los procedimientos de que ya disponen los centros”.
 
Tipo de actuaciones
 
El protocolo se compone de tres fases de actuación.
  1. La primera es ‘Conocer, identificar y parar la situación’.
  2. La segunda es ‘Actuaciones si se confirma el caso de acoso escolar’ y
  3. La tercera es ‘Actuaciones si no se confirma el caso de acoso escolar’.
  4. Nota: De todas las actuaciones que se realicen deberá haber constancia documental.
 
Todas las actuaciones de la primera fase deberán ser concluidas en un plazo máximo de 48 horas y en los casos de violencia grave o presuntos delitos deberá informarse de ellos a la Fiscalía, Cuerpos de Seguridad o Servicios Sociales.
 
La novedad del protocolo es que obliga a informar a los colegios concertados a la Administración de posibles casos de acoso escolar. 
 
El protocolo asume que “cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechas de una situación que pueda ser constitutiva de acoso, lo pondrá inmediatamente en conocimiento del director del centro o, en su ausencia, de algún miembro del equipo directivo, que dejará constancia documental de la comunicación”. En los centros concertados se deberá informar a la Dirección Provincial de Educación de la apertura de la investigación por el presunto acoso.
 
El centro escolar deberá poner medidas de protección a la víctimas e identificación de los supuestos acosadores en las 24 horas siguientes a la denuncia y convocar una reunión de valoración del asunto. De confirmarse el caso deberá crearse una ‘Comisión específica de acoso escolar’, formada por el director del centro, el orientador, el coordinador de convivencia, y un profesor relacionado con el alumnado afectado.
 
En caso de acoso escolar el protocolo asume que se deberá garantizar la seguridad de la víctima y la protección a su intimidad con “el objetivo de evitar que se repitan las conductas que lo han provocado, en primer lugar, apoyando a la víctima, poniendo a su disposición recursos personales que reduzcan la probabilidad futura de nuevas situaciones de acoso”. Además se incidirá en un “reeducar al agresor o agresores, mediante actuaciones dirigidas a modificar su comportamiento” y finalmente con el resto del alumnado “y, en especial, con los compañeros que han actuado como espectadores, para que adopten una postura proactiva contra el acoso, en general, y de apoyo a la víctima en particular”.
 
Al agresor se le abrirá un expediente de acuerdo con la normativa de convivencia del centro educativo para la adopción de las medidas disciplinarias oportunas ante los hechos de acoso.
 
Todas las actuaciones adoptadas deberán, en todo caso, comunicarse a las familias afectadas, al Consejo Escolar del colegio y a la Inspección Educativa, que realizará un seguimiento del caso.
 
Si la investigación preliminar no demuestra la existencia de acoso escolar la normativa aprobada por la Junta indica que se deberá actuar, de igual forma, de acuerdo “con lo establecido en el procedimiento de actuación en situaciones de conflicto que afectan a la convivencia escolar del centro, adoptándose las medidas que procedan”.
 
El nuevo protocolo contra el acoso escolar no es de aplicación, en todo caso, en los centros privados de Castilla y León que no reciban fondos públicos para sus enseñanzas. Lo que no les excluye es el cumplimiento del Decreto 51/2007 que establece las normas de convivencia y disciplina en los centros educativos de Castilla y León y la Orden EDU/1921/2007 que lo desarrolla. En el caso de la provincia de León esto afecta a un centro escolar.
 
Fuente consultada: ileon.com [+]
 
Para más información:
  • Puedes leer el protocolo contra el acoso escolar de la Junta de Castilla y León completo en BOCYL [+]
  • ORDEN EDU/1071/2017, de 1 de diciembre, por la que se establece el “Protocolo específico de actuación en supuestos de posible acoso en centros docentes, sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas no universitarias de Castilla y León [+] 
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