Servicio Voluntario Europeo para los jóvenes 2000-2006: Programa de acción.
OBJETIVO
Estimular la movilidad de los europeos jóvenes en el marco de una ciudadanía activa, permitirles adquirir una experiencia formativa en varios sectores de actividades, fomentar su contribución activa al servicio de la construcción europea y a la cooperación entre la Comunidad y los terceros países, a través de su participación en actividades transnacionales de utilidad colectiva.
CONTENIDO
El programa de acción comunitario "Servicio voluntario europeo para los jóvenes" ha sido aprobado para el período que va desde el 1 de enero de 1998 al 31 de diciembre de 1999.
El programa se sitúa en el marco de los objetivos generales de la política de cooperación en el ámbito de la juventud establecidos en el programa "La juventud con Europa". Está destinado a estimular la movilidad y la solidaridad de los europeos jóvenes en el marco de una ciudadanía activa, permitiéndoles adquirir una experiencia formativa informal validada.
Los objetivos específicos del programa son los siguientes:
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Intensificar la participación de los jóvenes que residen legalmente en un Estado miembro en actividades transnacionales de larga o de corta duración al servicio de la colectividad, en el territorio comunitario o en terceros países; estas actividades no deben sustituir a empleos remunerados posibles o existentes;
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Favorecer el reconocimiento de la valía de una experiencia formativa informal validada a nivel europeo;
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Fomentar el espíritu de iniciativa, creatividad y solidaridad de los jóvenes con el fin de facilitar su integración en la sociedad y su contribución al desarrollo de los objetivos del programa;
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Facilitar el acceso al programa de todos los jóvenes.
A tal fin, los ejes de actuación del programa son los siguientes:
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Apoyar actividades transnacionales de utilidad colectiva en la Comunidad y en terceros países;
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Apoyar actividades destinadas a promover asociaciones orientadas al servicio voluntario europeo y acciones innovadoras de redes;
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Apoyar proyectos destinados a promover el seguimiento de los jóvenes voluntarios y a valorizar de forma concreta la experiencia que éstos adquieran;
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Desarrollar y apoyar una preparación adecuada, especialmente lingüística e intercultural, así como la supervisión de los jóvenes voluntarios;
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Apoyar la calidad del conjunto de las actividades del programa y el fomento de su dimensión europea y contribuir a la cooperación en el ámbito de la juventud.
DESTINATARIOS
Se presta una atención especial al acceso de todos los jóvenes, sin discriminación, a las actividades del programa. Se realizará un esfuerzo especial en beneficio de los jóvenes que, por razones de tipo cultural, social, físico, económico o geográfico, tienen mayores dificultades para participar en los programas de acción existentes.
Disponible en la Web de la Unión Europea (enlace)
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Consultar Decisión 1031/2000/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de abril de 2000, Programa de acción comunitario “Juventud” (enlace) |
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