Los menores expuestos a violencia de género serán reconocidos como víctimas. Se agiliza la adopción para favorecer que los niños permanezcan con una familia. Se prevé que los hijos de mujeres maltratadas puedan quedarse con sus madres. Las familias numerosas mantendrán el título mientras uno de los hijos tenga menos de 21. Respecto a los menores extranjeros no acompañados se favorecerá la reagrupación familiar y no la expulsión del territorio. Los padres que hayan «devuelto» a niños adoptados no podrán solicitar nueva adopción
El Gobierno ha aprobado hoy [20/02/2015] los proyectos de Ley de Protección a la Infancia y a la Adolescencia que reconocen como víctimas de violencia de género a los menores y agilizan los procesos de acogimiento y adopción para favorecer que los niños, especialmente los de menos de 3 años, permanezcan con una familia.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que ha dado el visto bueno a los proyectos, el titular de Sanidad, Alfonso Alonso, acompañado de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha detallado el contenido de la reforma que refuerza la protección del menor frente a delitos como los abusos sexuales, de los que fueron víctimas 3.364 en 2013.
Entre otras novedades establece como requisito para ejercer profesiones que impliquen contacto habitual con niños no haber sido condenado por delitos contra la libertad sexual, trata y explotación.
Fija la obligación de los jueces de pronunciarse sobre medidas cautelares que afecten a hijos de mujeres maltratadas, y se prevé que estos niños puedan permanecer con sus madres.
Además, obliga a cualquier ciudadano que tenga conocimiento de delitos contra la libertad sexual a comunicarlos al Ministerio Fiscal.
El Ejecutivo refuerza el derecho de acceso a los orígenes de los adoptados, de manera que las entidades públicas asegurarán la conservación de la información durante al menos 50 años, y contempla también la posibilidad de que el menor en adopción mantenga algún tipo de contacto son su familia biológica.
También modifica la Ley de Protección de Familias Numerosas para asegurar que éstas conserven el título mientras al menos uno de los hijos tenga menos de 21 años o 26 si está estudiando.
Alonso ha destacado que, con esta reforma, España se convierte en el primer país en incorporar la defensa del interés superior del menor como principio sustantivo de la legislación, como recomendó la ONU en 2013. De esta manera, la norma establece un nuevo marco de derechos y deberes de los menores y una especial atención de los más vulnerables, como jóvenes ex tutelados y menores con discapacidad o extranjeros no acompañados, a lo que se les reconoce su derecho a la sanidad, la educación y los servicios sociales.
Así, las leyes promueven la participación de los menores a través del derecho a que sean oídos y escuchados en procedimientos judiciales, lo que incluye a los menores de 12 años, siempre que tengan madurez suficiente.
También incluye un catálogo de derechos y deberes en las esferas familiar, escolar y social, al tiempo que recoge de forma expresa la necesidad de evitar situaciones de acoso escolar.
Dentro de las medidas de protección de la infancia, a los menores extranjeros no acompañados, entre 2.000 y 3.000 en España, se les reconoce su derecho a la sanidad, la educación y los servicios sociales en las mismas condiciones que a los menores españoles.
En cuanto a la determinación de la edad, los menores extranjeros no acompañados gozarán de la presunción de minoría de edad (serán considerados menores), en caso de duda, y las técnicas médicas para fijarla atenderán al principio de proporcionalidad.
Se procurará la búsqueda de la familia de los menores extranjeros no acompañados con el objetivo de favorecer la reagrupación familiar y no la expulsión del territorio, sin poner en riesgo su seguridad.