FUENTES DOCUMENTALES BIENESTAR Y PROTECCIÓN INFANTIL
Infancia y VIOLENCIA DE GÉNERO
España y la Igualdad de Género
España es un país de referencia en la conquista de la Igualdad entre hombres y mujers y en la puesta en marcha de medidas para la erradicación de la Violencia de Género. En el año 2004 se aprueba por unanimidad la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, una ley pionera en Europa que obliga a todos los poderes públicos y constituye legislación básica que ha incorporado y desarrollado las Comunidades Autónomas, dentro del sistema de descentralización política y administrativa que caracteriza al modelo territorial español.
Esta Ley Orgánica introduce novedades muy llamativas, como la creación de los Juzgados especializados en Violencia sobre la mujer y también la originariamente Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la mujer [+info], actualmente integrada en el Ministerio de Presidencia, Relaciones con las cortes e Igualdad, para la elaboración de las Políticas públicas en relación con este tema. En este sentido, se crea un sistema integral basado en 3 pilares: la prevención, la protección y recuperación de la víctima y la persecución del delito.
A pesar de que España sea un país pionero en erradicación de la Violencia de Género en todas sus formas, los datos revelan que todavía queda mucho trabajo por hacer.
Desde 2003 hasta el 25 de marzo de 2019 han sido asesinadas a manos de sus parejas y/o exparejas 988 mujeres y desde el año 2013 han sido asesinados 27 niños/as menores de edad, y un total de 241 han quedado huérfanos/as.
[Este dato se ha extraído de la pág. 2 del folleto sobre el Pacto de Estado]
La violencia de género es un problema social, de carácter estructural, que tiene su raíz en el machismo y la desigualdad que se reproducen y perpetúan generación tras generación en toda sociedad, a través de múltiples vías: la cultura, la moda, la música, la literatura, la publicidad, los medios de comunicación, la religión, los videojuegos, las redes sociales… Hablamos de un problema presente en toda sociedad, en todas las esferas sociales y, por supuesto, en todas las capas de población, incluidas las más jóvenes.
En relación con los diferentes ámbitos profesionales (sanitario, escolar, fuerzas de seguridad, etc.), la legislación promueve medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, dispone que los profesionales adoptarán los protocolosde actuación y las medidas necesarias para la detección y atención a los actos de violencia de género dentro de cada ámbito.
Desde FAPMI-ECPAT España hemos puesto el acento en la prevención del machismo y la violencia de género desde edades muy tempranas, a través de muchos programas de coeducación. Y por supuesto, queremos poner el acento en las víctimas, a las que queremos ofrecer todos nuestros recursos para su protección, su seguridad y su plena recuperación. Y, por supuesto, para que sepan prevenir y detectar a tiempo.
Los menores que viven en contextos de violencia de género
Los menores que viven en contextos de violencia de género perpetrada contra su madre por la pareja son víctimas también de esa violencia, tanto si son testigos de la misma como si la sufren directamente. La investigación ha puesto de manifiesto que la exposición a la violencia de género tiene importantes repercusiones en el desarrollo psicosocial de estos menores. Esta evidencia requiere de la puesta en marcha de medidas y programas orientados a la intervención con este colectivo.
Debemos analizar la situación actual de la intervención con los menores hijos/as de víctimas de violencia de género en España, tanto a nivel legislativo como en investigación y programas de intervención. Se concluye sobre la existencia, en los últimos años, de un cambio significativo en la preocupación de investigadores, administraciones y profesionales por la atención a los menores expuestos a situaciones de violencia de género y sobre la necesidad de capacitar a los profesionales de los diferentes ámbitos de intervención para abordar el reto de trabajar con los menores para mejorar su condiciones de vida y propiciar la resolución de sus dificultades.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha señalado que la violencia contra las mujeres es un problema global de proporciones epidémicas (WHO, 2013). Es importante, pues, delimitar a qué nos estamos refiriendo cuando hablamos de violencia de género y de sus repercusiones, para poder enfrentarnos a este problema. No podemos olvidar que muchas de estas mujeres son a su vez madres y sus hijos sufren también esa violencia. De hecho, la macroencuesta sobre violencia de género de 2015 [MSSSI], realizada en España por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad señala que, del total de mujeres que tenían hijos menores cuando se produjeron los episodios de violencia, el 63,6% afirma que los hijos presenciaron o escucharon alguna de las situaciones de violencia. De ellos, el 92,5% eran menores de 18 años cuando sucedieron los hechos y el 64,2% sufrieron a su vez esa violencia. [Información extraída de Menores expuestos a violencia de género. Cambios legislativos, investigación y buenas prácticas en España (2017).
Violencia en el Noviazgo de adolescentes y jóvenes
En el artículo, sus autores consideran violencia en las relaciones de noviazgo de los adolescentes y jóvenes (VRN) a cualquier tipo de agresión intencionada de un miembro de la pareja contra el otro durante el noviazgo. Las agresiones en el noviazgo suelen encuadrarse en tres grandes categorías (i.e., violencia física, psicológica y sexual) y se manifiestan de diferentes formas (Cornelius y Resseguie, 2007; Foshee, 1996; Foshee, Bauman, Linder, Rice y Wilcher, 2007; Leen et al., 2013; Shorey, Cornelius y Bell, 2008). (Información extraída del artículo “Prevalencia de la violencia en el noviazgo: Una revisión sistemática” (2017)
Fuentes documentales:
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Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en diciembre de 1979 y ratificada por España en 1983.
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Instrumento de ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (Convenio de Estambul, 2011) (España, BOE 6 junio 2014)
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Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
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Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
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Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres.
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Sección titulada “Infancia y VIOLENCIA DE GÉNERO”